Calendario vigente: el esquema transitorio —elaborar la manifestación en papel o en hoja de cálculo, sin transmitir todavía la MVE— se puede seguir usando hasta el 31 de octubre de 2026. A partir de noviembre la transmisión electrónica por la Ventanilla Única entra escalonada por régimen aduanero, y la importación definitiva —la mayoría de los importadores— cierra el calendario el 15 de enero de 2027. Ojo: la obligación de elaborar la manifestación de valor (art. 59, fracción III de la Ley Aduanera) está vigente siempre; lo que se mueve es cómo y cuándo se transmite.
¿Qué es, en palabras simples?
Cuando importas, pagas impuestos sobre el valor en aduana de tu mercancía. La manifestación de valor es el documento donde tú le explicas al SAT, bajo protesta de decir verdad, cómo armaste ese valor: cuánto pagaste por la mercancía y qué gastos se le suman (flete, seguro, etc.).
Piénsalo como el "ticket desglosado" de tu importación: si un día el SAT pregunta "¿por qué declaraste este valor?", este documento —con sus comprobantes— es tu respuesta.
Importante: es una obligación del importador, no de tu agente aduanal. El agente te ayuda a prepararla, pero la responsabilidad legal es tuya.
¿Qué cambió? (por qué todos hablan de esto)
| Antes | Ahora (MVE) |
|---|---|
| Documento en papel/PDF | Electrónica, se transmite por la Ventanilla Única |
| Datos en totales | Detalle por factura (COVE) |
| Gastos agregados | Cada incrementable desglosado según tu Incoterm |
| Sin anexos obligatorios | Con soportes: comprobante de pago, factura, contratos |
| — | Obligatoria por régimen aduanero, con calendario escalonado |
Cronología de prórrogas
- 27 de diciembre de 2025 — RGCE 2026 (DOF), Transitorio Décimo Primero: el esquema transitorio corre hasta el 31 de julio de 2026.
- 31 de julio de 2026 — comunicado conjunto SAT-ANAM 53-2026: el plazo se amplía al 30 de septiembre de 2026.
- 22 de septiembre de 2026 — Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026 (DOF): mantiene el 30 de septiembre y agrega facilidades hasta el 31 de diciembre de 2026 (no transmitir dentro de la MVE ciertos documentos del art. 81 del Reglamento, y la opción de enviar un formato con los datos generales de los contratos).
- 30 de septiembre de 2026 — Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026 y Anexo 22, primera versión anticipada en el portal del SAT: reforma el Transitorio Décimo Primero, amplía el esquema transitorio al 31 de octubre de 2026 y vuelve la obligatoriedad escalonada por régimen. Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF; al cierre de esta actualización seguía como versión anticipada.
- 3 de octubre de 2026 — comunicado conjunto SAT-ANAM-ATDT: confirma públicamente el 31 de octubre y el calendario escalonado.
| Régimen aduanero | Transmisión electrónica obligatoria |
|---|---|
| Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado | 1 de noviembre de 2026 |
| Recinto fiscalizado estratégico | 15 de noviembre de 2026 |
| Tránsito de mercancías | 1 de diciembre de 2026 |
| Depósito fiscal | 15 de diciembre de 2026 |
| Importación temporal | 1 de enero de 2027 |
| Importación definitiva | 15 de enero de 2027 |
Este calendario ya se movió varias veces en 2026 —la última, el 30 de septiembre—, así que la versión al día con cada cambio y su fuente la llevamos en el blog: checklist de la manifestación de valor. Si la fecha de tu régimen está cerca, confírmala ahí antes de planear el despacho.
Checklist: qué necesitas tener listo
- Factura(s) comercial(es) y su COVE
- Precio pagado o por pagar, y cómo lo pagaste (transferencia o carta de crédito)
- Incoterm de la operación (define qué gastos van por tu cuenta)
- Incrementables desglosados: flete internacional, seguro, comisiones (excepto de compra), regalías, envases
- Si compras a una empresa relacionada (vinculación): decláralo y evalúa si afectó el precio
- e.firma vigente y acceso a la Ventanilla Única (ventanillaunica.gob.mx) — desde mayo de 2026 opera como VUTCE, administrada por la ATDT en vez del SAT
Paso a paso, con las pantallas del portal
Las capturas de esta sección provienen del manual de usuario oficial de la VUCEM ("Manifestación de valor portal VUCEM — Registro MV"): son las mismas pantallas que vas a ver al hacer el trámite. Con el expediente listo, la captura completa toma entre 20 y 40 minutos.
1 · Antes de entrar: prepara el expediente
- Reúne: factura(s) y su(s) COVE, comprobante de pago, contrato, comprobantes de flete y seguro — digitalizados en PDF, escala de grises, 300 DPI y máximo 3 MB por archivo (así los pide el portal).
- Clasifica los gastos: los que corren por tu cuenta y no vienen en la factura son tus incrementables (tu Incoterm es la pista).
- Ten los folios COVE a la mano: el sistema los pide uno por uno y la sesión expira a los 30 minutos de inactividad.
2 · Entra a la Ventanilla Única con tu e.firma
En ventanillaunica.gob.mx, menú Ventanilla Única → Ingreso Solicitante, e ingresa con tu e.firma.

3 · Llega al trámite
Dentro del portal: menú Trámites → Solicitudes nuevas.

Elige la dependencia Hacienda y, en el bloque AGA, abre Manifestación de valor → Registro.


4 · Paso 1 del portal: captura la solicitud
La solicitud tiene pestañas. En Solicitante verás tus datos precargados (solo lectura). En Datos manifestación captura el RFC del importador y da clic en Aceptar — el sistema llena el nombre o razón social.

En Información COVE captura el número de tu Acuse de Valor (COVE) y elige el método de valoración — para la mayoría de las operaciones es valor de transacción. Da clic en Agregar por cada factura.

Selecciona el COVE y da clic en Agregar MV para complementarlo: ahí declaras Incoterm, si existe vinculación con tu proveedor, y las secciones de dinero:


Cierra con la pestaña Valor en aduana: las sumatorias (pagado + por pagar + incrementables − decrementables) declaradas en moneda nacional. Ese total es la base de tus impuestos.

5 · Pasos 2 y 3 del portal: requisitos y anexos
Al dar Continuar, la VUCEM valida y te muestra qué documentos son obligatorios u opcionales según lo que capturaste (paso 2). En el paso 3 los adjuntas: Adjuntar documentos → Examinar, y verifica que cada archivo quede con estatus OK (Correcto).

6 · Paso 4 del portal: firma y guarda tu folio

Al firmar, el portal genera dos acuses (Acuse y Detalle de Manifestación de Valor) y te asigna tu número de manifestación (empieza con "MNVA…"). Descárgalos en ese momento.

7 · Después de transmitir
- Entrégale el folio a tu agente aduanal antes del despacho — cuando tu régimen ya entró al calendario electrónico, sin folio la operación no avanza.
- Archiva acuses y soportes con toda la operación: mínimo 5 años en tu expediente. Es lo primero que piden en una revisión.
Los 5 errores que más vemos
- Dejarla para el día del despacho — ya con tu régimen dentro del calendario electrónico, sin MVE transmitida tu operación se detiene.
- Omitir incrementables que pagaste aparte de la factura (el flete es el clásico).
- No tener el comprobante de pago a la mano: ahora es soporte requerido.
- Ignorar la vinculación cuando le compras a tu matriz o empresa hermana.
- Pensar que "eso lo hace el agente": el agente acompaña; la obligación es tuya.
Preguntas rápidas
¿Aplica a mis importaciones temporales (IMMEX)? Sí, con su propia fecha: la importación temporal entra el 1 de enero de 2027 y la definitiva el 15 de enero de 2027. Si operas regímenes mixtos, revisa cada uno en la tabla de arriba con tu agencia.
¿Una MVE por pedimento o por factura? El detalle se integra por factura/COVE — una operación con varias facturas requiere el desglose de cada una.
¿Te agarró la fecha límite? En FreightSpot preparamos y transmitimos manifestaciones de valor todos los días. Escríbenos y te dejamos listo antes de que sea obligatoria — sin drama.