# Clasificación de Mercancías

> Determinamos la fracción arancelaria correcta de tus productos conforme a la TIGIE: dictamen con justificación técnica, tasas, NOMs y regulaciones aplicables.

Fuente: https://www.freightspot.com/solutions/additional-services/clasificacion-de-mercancias · Publica: FreightSpot

La fracción arancelaria define cuánto pagas, qué permisos necesitas y a qué tratados puedes acceder. Nosotros la determinamos con criterio técnico y la sustentamos por escrito.

## ¿Qué hacemos?

La clasificación arancelaria es la decisión que condiciona todo lo demás en una importación: el impuesto general (IGI), el IVA, las regulaciones y restricciones no arancelarias, las NOMs aplicables y la posibilidad de acceder a la preferencia de un tratado. Una fracción incorrecta no es un error administrativo — es pagar de más operación tras operación, o descubrir en el despacho que faltaba un permiso que nadie previó.

Nuestro equipo determina la fracción correcta conforme al Sistema Armonizado y la TIGIE analizando lo que legalmente define a tu producto: composición, función, uso y presentación. No copiamos la fracción del proveedor ni la "que siempre se ha usado" — cada clasificación se sustenta con las Reglas Generales y las notas legales de la tarifa, por escrito.

## ¿Cuándo lo necesitas?

- Importas con clasificaciones heredadas que nadie ha revisado en años
- Vas a importar un producto nuevo y no sabes qué pagará ni qué permisos requiere
- Has tenido observaciones o incidencias en despachos por descripciones inconsistentes
- Pagas tasa general sin haber evaluado si tu producto califica a la preferencia de un tratado

## Beneficios

- Pagas lo correcto: ni un arancel de más por fracción conservadora, ni contingencias por una agresiva
- Menos riesgo en revisiones: cada fracción queda sustentada técnica y legalmente
- Regulaciones, NOMs y permisos identificados antes de embarcar, no en la aduana
- Base documental para acreditar preferencias de tratado (T-MEC y demás acuerdos)

## ¿Cómo funciona?

1. **Levantamos la ficha del producto** — Nos compartes ficha técnica, composición, fotos, uso y presentación comercial. Si algo falta, te decimos exactamente qué necesitamos y por qué importa.
2. **Análisis técnico-legal** — Aplicamos las Reglas Generales del Sistema Armonizado y las notas legales de la TIGIE para determinar la fracción y la NICO, evaluando alternativas cuando el producto admite más de una lectura.
3. **Dictamen con justificación** — Recibes la fracción con su fundamento por escrito: tasas aplicables por origen, regulaciones y NOMs, y si existe preferencia de tratado alcanzable.
4. **Implementación y seguimiento** — Alineamos la descripción en facturas y pedimentos con la clasificación dictaminada, y la revisamos cuando cambia la tarifa o tu producto.

## Lo que recibes

Un dictamen de clasificación por producto: fracción y NICO con justificación técnica, tasas por origen, regulaciones y NOMs aplicables, y recomendaciones para tu operación.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué diferencia hay entre la fracción arancelaria y el NICO?

La fracción arancelaria son los 8 dígitos de la tarifa mexicana (TIGIE) que determinan el arancel y las regulaciones de tu producto. El NICO —número de identificación comercial— son 2 dígitos más que lo identifican con mayor detalle para fines estadísticos. En el pedimento se declaran los 10. Los primeros 6 son el Sistema Armonizado, común a casi todo el mundo; de ahí en adelante, cada país abre su propia tarifa.

### ¿Puedo usar la fracción que me dio mi proveedor?

Como punto de partida, sí; como clasificación, no. Tu proveedor clasifica para exportar desde su país y solo los primeros 6 dígitos son comunes — los que definen tu arancel, tus NOMs y tus permisos en México son los que siguen. Además, ante la autoridad mexicana quien responde por la clasificación es el importador, no quien vendió la mercancía.

### ¿Qué pasa si mi mercancía se clasifica mal?

Depende de hacia dónde fue el error. Si pagaste de menos, la autoridad puede cobrar las diferencias con actualizaciones, recargos y multas, incluso años después. Si la fracción correcta exigía un permiso o una NOM que no presentaste, la mercancía puede quedar retenida en el despacho. Y si pagaste de más, llevas operaciones enteras regalando margen sin saberlo — el caso más común y el que nadie reclama.

### ¿El dictamen me protege frente a la autoridad?

Es tu sustento técnico: demuestra que la fracción se determinó con método —Reglas Generales, notas legales, análisis del producto— y no por costumbre. No es una resolución oficial. Cuando un producto admite más de una lectura y el monto lo justifica, la Ley Aduanera prevé una consulta formal de clasificación ante la autoridad; te decimos cuándo vale la pena y preparamos el expediente.

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